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{{Ficha de organismo oficial
|nombre = GeneralitatGeneralidad Valenciana
|nombre_oficial= '''Generalitat'''
|acrónimo = GVA
|logo = Imagotip de la Generalitat Valenciana.svg
|ancho_logo = 150px
|título_logo = <small>[[Escudo de la Comunidad Valenciana|LogotipoImagotipo]]</small>
|sello = Estendard Generalitat Valenciana.svg
|ancho_sello = 100px
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|imagen = Palau generalitat9.jpg
|ancho_imagen = 250px
|título_imagen = <small>[[Palacio de la GeneralitatGeneralidad Valenciana]]</small>
|tipo = Institución de [[autogobierno]]<br /><small>de la Comunidad Valenciana</small>
|creado = [[1238]] <small>([[Cortes del Reino de Valencia]])</small><br />[[1418]] <small>([[Diputación del General del Reino de Valencia|Diputación del General]])</small><br />[[18/3/1978]] <small>([[Consejo del País Valenciano]])</small> <br />[[10/7/1982]] <small>([[Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana de 1982|GeneralitatGeneralidad Valenciana]])</small>
|jurisdicción = {{Bandera2|Comunidad Valenciana}}
|país = {{España}}
|sede = [[Palacio de la Generalitat Valenciana|Palacio de la GeneralitatGeneralidad]]<br /><small> Plaza de Manises n.º{{esd}}1, [[Valencia]] {{coord|39|28|35.26|N|0|22|34.38|O|type:landmark}}</small>
|predecesora = [[Consejo del País Valenciano]] (1978-1982)
|empleados = 162186.482803 {{small|(a 1 de julioenero de 20222024)}}<ref>{{Cita web|url=https://funcionpublica.digital.gob.es/funcion-publica/rcp/boletin.html|título=Boletín Estadístico del personal al servicio de las Administraciones Públicas|fechaacceso=2024-08-28|fecha=2024-08-11|sitioweb=Ministerio de Politica Territorial de España}}</ref><ref>{{Cita web|url=https://funcionpublica.hacienda.gob.es/dam/es/portalsefp/funcion-publica/rcp/boletin/Boletines/220701_Boletin_julio_2022.pdf.pdf|título=Boletín Estadístico del Personal al servicio de las Administraciones Públicas|fechaacceso=18 de abril de 2023|autor={{versalita|[[Registro Central de Personal]]}}|año=Julio 2022|sitioweb=www.funcionpublica.hacienda.gob.es|editorial=[[Ministerio de Hacienda y Función Pública]]|página=11|formato=PDF}}</ref>
|presupuesto = 31.521.907.930 € (2024)<ref>{{Cita web|url=https://serviciostelematicosext.hacienda.gob.es/SGCIEF/PublicacionPresupuestos/html/sesion_expirada.htm|título=Avance presupuestario por comunidades autónomas|fechaacceso=2024-08-29|sitioweb=Ministerio de Hacienda (España)}}</ref>
|presupuesto = 25.627.550.854 € (2021)
|ministro =
|ministro_par =
|director =
|director_pos =
|titular_tipo = [[Presidente de la Generalitat Valenciana|Presidente de la GeneralitatGeneralidad]]
|titular_nom = [[Carlos Mazón|Carlos Mazón]]
|titular_pos =
|titular2_tipo = [[Presidente de las Cortes Valencianas|Presidenta <small>de las</small> Cortes]]
|titular2_nom = [[Llanos Massó Linares]]
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|titular3_tipo = [[Coalición política|Coalición de Gobierno]]
|titular3_nom = [[File:Logo PP Comunidad Valenciana 2022.svg|20x20px]] [[Partido Popular de la Comunidad Valenciana|PPCV]] <br> [[File:VOX logo.svg|20x20px]] [[Vox (partido político)|Vox]]
|composición =
|dependiente_de=
|superior =
|bajo_su_dependencia =
|sitio_web = [httphttps://www.gva.es/portal/page/portales/inicio/presentacion www.gva.es]
|web=www.generalitat.es}}
La '''GeneralitatGeneralidad Valenciana''', denominada oficial y simplemente '''''Generalitat''''' (y, hasta 2006, en su versión bilingüe: ''Generalitat Valenciana/Generalidad Valenciana''), es «el conjunto de instituciones de [[autogobierno»]] de la [[Comunidad Valenciana]], en[[comunidad autónoma]] de [[España]]<ref>{{Cita web|url=https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1982-17235&p=20221228&tn=1#tabs|título=BOE-A-1982-17235 Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana.|fechaacceso=2024-08-29|sitioweb=www.boe.es}}</ref>.
 
Forman parte de ella las [[Cortes Valencianas|Cortes]] (o Corts Valencianes, o simplemente ''Corts''), el [[Presidente de la Generalitat Valenciana|presidente]] y el [[Consejo de la GeneralitatGeneralidad Valenciana|Consejo]]. Son también instituciones de la GeneralitatGeneralidad la [[Sindicatura de Cuentas de la Comunidad Valenciana|Sindicatura de Cuentas]], el [[Síndico de Agravios de la Comunidad Valenciana|Síndico de Agravios]], el [[Consejo Valenciano de Cultura]], la [[Academia Valenciana de la Lengua]], el [[Consejo Jurídico Consultivo de la Comunidad Valenciana]] y el [[Comité Económico y Social de la Comunidad Valenciana]].
 
El antecedente histórico, del que toma el nombre, fue la ''Diputació[[Diputación del General'' (''Diputación del General'')Reino de Valencia]], que surgió en la segunda mitad del {{siglo|XIV||s}} como una comisión delegada de las [[Cortes del Reino de Valencia|Cortes]] o ''Corts'' encargada de administrar el impuesto denominado ''[[Impuesto de las GeneralitatesGeneralidades|Generalitatesgeneralidades]]'',; de ahí que también será conocida con el nombre de ''Generalitat''Generalidad. En 1418 fue cuando quedó configurada y se convirtió en un órgano permanente. La integraban seis diputados —dos por cada ''[[Estamento|braç]]''—, auxiliados por una serie de oficiales: clavarios, administradores, contadores, etc.<ref name=antoni179>{{cita libro|apellido=Furió|nombre=Antoni|título=Història del País Valencià|año=1995|página=179}}</ref> Fue abolida por los [[Decretos de Nueva Planta]] de Felipe V en 1707.
 
La institución, muy diferente a la histórica [[Diputación del General del Reino de Valencia]], fue recuperada en [[1982]], después de aprobarse el correspondiente [[Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana de 1982|Estatuto de Autonomía]].
 
== Historia ==
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{{AP|Diputación del General del Reino de Valencia}}
El antecedente de la ''Diputació del General'' o ''Generalitat'' fueron las comisiones nombradas por las [[Cortes del Reino de Valencia]] o ''Corts'' de 1329 y 1342-43 para recaudar el ''donatiu'' ('donativo': impuesto extraordinario) aprobado en las mismas y que se disolverán una vez cumplida esta misión. En las Cortes de 1362-1362 se aprobó el impuesto de las ''[[Impuesto de las GeneralitatesGeneralidades|Generalitatesgeneralidades]]'' cuya denominación se debe «''así por cobrarse general e indistintamente de todos como por imponerse por todo el reino''» y del que procede que la Diputació del General también sea conocida como ''Generalitat''. "Las [[Impuesto de las GeneralitatesGeneralidades|Generalitatesgeneralidades]] son [[impuestos indirectos]] que gravan la importación, exportación y la compra y consumo de diversos productos. [...] Recaen estos impuestos sobre pieles, lanas, aceites, almendras, cera, arroz, lino, tintes, especies, vino, tejidos, sal, madera, etc. Su recaudación se hará, para evitar el aparato que ello significaría, mediante [[arrendamiento]] del derecho de cobro en subasta pública. Los mecanismos que rigen los impuestos no permiten hacer frente a las cantidades que se necesitan con cierta urgencia. La ''Generalitat'' utiliza entonces la venta de [[censal]]es o [[deuda pública]]. No es, pues, un ingreso, sino un sistema de financiación que tiene como garantía los impuestos".<ref>{{cita libro |apellido=Narbona |nombre=Rafael| apellido2=Muñoz| nombre2=Rosa| apellido3=Cruselles| nombre3=Enrique|título=Las instituciones|año=1988 | |páginas=279-280 |cita=}}</ref>
 
Para la administración del nuevo impuesto, que viene a substituir al tradicional ''donatiu'', las Cortes nombran una comisión de las mismas. Por eso algunos historiadores sitúan en esa fecha, 1362-1364, el nacimiento de la ''Diputació del General'' aunque su estructura administrativa no quedará fijada hasta 1404, todavía con carácter temporal, y sólo a partir de 1418 se convierte en una institución permanente —que será objeto de diversas reformas en 1419, 1439, 1510,...—.<ref>{{cita libro |apellido=Narbona |nombre=Rafael| apellido2=Muñoz| nombre2=Rosa| apellido3=Cruselles| nombre3=Enrique|título=Las instituciones|año=1988 | |páginas=277-280 |cita=}}</ref>
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Según lo acordado en las ''Corts'' de 1418, que regularon definitivamente la institución, sus miembros se renovaban cada tres años sin esperar a la reunión de las nuevas ''Corts'' ya que los diputados que acababan su mandato eran quienes nombraban a sus sustitutos.<ref name=narbo280>{{cita libro |apellido=Narbona |nombre=Rafael| apellido2=Muñoz| nombre2=Rosa| apellido3=Cruselles| nombre3=Enrique|título=Las instituciones|año=1988 | |páginas=280 |cita=}}</ref> Sin embargo, el rey para controlar la institución impuso en 1424 que los dos diputados del ''braç'' real fueran dos ''jurats'' de la ciudad de Valencia, ya que él controlaba su nombramiento desde la introducción del sistema de la ''[[Racional (cargo foral de Valencia)|ceda]]'' por lo que eran hombres de confianza del rey. Al final del {{siglo|XV||s}} el rey [[Fernando II el Católico]] ni siquiera se preocupó por las formas para seguir controlando la institución y anuló el sistema electoral y nombró a oficiales reales para ocupar los cargos.<ref name="antoni179" /> Más tarde estableció el método [[insaculación|insaculatorio]] para la provisión de los dos diputados del brazo nobiliario y un rígido turno entre las ciudades —sin incluir Valencia— para ocupar los puestos de diputados del ''braç'' real.<ref name=salvador401>{{cita libro |apellido=Salvador Esteban |nombre=Emilia|título=Valencia en el siglo XVI|año=1988 |páginas=401 |cita=}}</ref>
[[Archivo:Generalitat 1870.jpg|250px|thumb|left|Vista del [[Palacio de la GeneralitatGeneralidad Valenciana]], desde la plaza de la Virgen de Valencia, en [[1870]].]]
 
Debido al control que ejerció la monarquía sobre la institución la ''Diputació del General'' valenciana tuvo menos peso político que la [[GeneralitatGeneralidad de Cataluña]] y menor capacidad para oponerse a los deseos del rey.<ref>{{cita libro|apellido=Furió|nombre=Antoni|título=Història del País Valencià|año=1995|página=180}}</ref> Así lo reconocían los propios diputados valencianos en 1624 cuando afirmaban que «''nosaltres en este regne no tenim la plenitud de poder que los deputats de Catalunya i Aragó''» ('nosotros en este reino no tenemos la plenitud de poder que los diputados de Cataluña y Aragón').<ref>{{cita libro|apellido=Furió|nombre=Antoni|título=Història del País Valencià|año=1995|página=340}}</ref>
 
A medida que la ''Diputació del General'' perdía peso político, la defensa de los ''Furs'' y la representación del reino pasó a los ''Estaments'' ('[[Estamentos]]'), institución de perfiles mal definidos integrada por los miembros de cada ''braç'' residentes en la ciudad de Valencia, que se reúnen por separado. Así, "hasta el final de la época foral se mantiene una especie de contencioso entre ''Generalitat'' y ''Estamentos'' por pretender ambos encarnar la representación del reino fuera de las Cortes".<ref name=salvador401 /> En las últimas ''[[Cortes del Reino de Valencia|Corts]]'' celebradas en 1645 se institucionalizaron los ''Estaments'' con la creación de la ''[[Junta d'Electes dels Estaments]]''.
 
Así pues, fue en el {{siglo|XVI||s}} cuando comenzó el debilitamiento de la institución debido al contrapoder que formaban los ''Estaments'': nobles; las clases altas urbanas que gobernaban las ciudades; y los representantes eclesiásticos. Esta división de la representatividad del [[Reino de Valencia]], al contrario de lo que ocurría en [[Reino de Aragón|Aragón]] y [[Principado de Cataluña|Cataluña]], propició el declive de la influencia del reino pues no contaba con una voz unitaria frente a la Corona. Al no contar con una voz fuerte, cada demanda económica de la Corona era atendida, al contrario de lo que ocurría en otros territorios de la [[Corona de Aragón]] donde no eran raros los levantamientos en armas. Además, la propia división del poder entre GeneralitatGeneralidad, nobles, patriciado urbano e Iglesia propició que las tres últimas se institucionalizarán aísladamente para poder prestar servicios, construir infraestructuras defensivas, etc. consolidándose en sus respectivos territorios. Estas instituciones, como es obvio, competían con la GeneralitatGeneralidad.
 
Llegados a esta situación, la Diputación del General, antiguo nombre de la GeneralitatGeneralidad, ya solo recaudaba impuestos que cedía a estas instituciones nacidas de los ''Estaments''; por tanto, no podía representar al [[Reino de Valencia]] que quedaba descabezado.
 
La Diputación del General, como el resto de las [[instituciones del Reino de Valencia]] fue abolida en [[1707]], como consecuencia de la promulgación por [[Felipe V de España|Felipe V]] del [[Decretos de Nueva Planta|Decreto de Nueva Planta]], en plena [[Guerra de Sucesión Española en el Reino de Valencia|Guerra de Sucesión]].<ref>[http://www.levante-emv.com/comunitat-valenciana/2012/11/22/nobles-ciudades-anularona-generalitat/953884.html Levante-EMV, 21 de noviembre de 2012] Artículo sobre investigación de [[José María Castillo del Carpio]], de la Catedral de Dret Foral de la [[Universitat de València - Estudi General]]</ref>
{{VT|Instituciones del Reino de Valencia}}
 
=== La GeneralitatGeneralidad democrática ===
 
Tras la aprobación del [[Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana de 1982|Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana]] en 1982 las nuevas instituciones de gobierno autonómico recibieron el nombre de GeneralitatGeneralidad Valenciana, pese a que se trataba de un organismo absolutamente distinto de su homónimo medieval y moderno. En el año [[2006]], con la reforma del [[Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana de 2006|Estatuto]], se elimina el gentilicio 'Valenciana' y su correspondencia en [[Idioma español|español]], siendo oficial únicamente la denominación [[Idioma valenciano|valenciana]] de ''Generalitat''.
 
== Instituciones de la GeneralitatGeneralidad Valenciana ==
 
=== Poder ejecutivo ===
 
El [[Consejo de la GeneralitatGeneralidad Valenciana]] (el ''Consell de la Generalitat'', oficialmente y en valenciano), está formado por un presidente (que es a su vez el presidente de la GeneralitatGeneralidad), un vicepresidente o vicepresidentes, en su caso, y los Consejeros (''Consellers''). Ostenta la potestad ejecutiva y reglamentaria (en materias de su competencia) y dirige la Administración de la GeneralitatGeneralidad Valenciana. Se encuentra regulado en el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana y en la Ley de Gobierno Valenciano.
 
=== Poder legislativo ===
 
[[Archivo:Corts Valencianes.svg|thumb|150px|[[Escudo de las Cortes Valencianas|Escudo de las Cortes]].]]
Las [[Cortes Valencianas]] (''Les Corts'', oficialmente y en [[Idioma valenciano|valenciano]])<ref>Como establece la reforma estatutaria del 2006</ref> son el órgano legislativo de la GeneralitatGeneralidad Valenciana. Representa al pueblo valenciano y ejerce la potestad legislativa, aprueba los presupuestos de la GeneralitatGeneralidad y controla e impulsa la acción política y de Gobierno. Actualmente se compone de 99 diputados, elegidos por un plazo de cuatro años mediante sufragio universal, libre, igual, directo y secreto.. Las Cortes tienen como sede el [[Palacio de los Borja]] (también conocido como Palacio de Benicarló) en la ciudad de [[Valencia]].
 
=== Instituciones fiscalizadora, consultivas y normativas ===
 
Según el Estatuto de Autonomía Valenciano queda recogido que la GeneralitatGeneralidad Valenciana cuenta con las siguientes instituciones consultivas:<ref>[http://www.congreso.es/consti/estatutos/estatutos.jsp?com=79&tipo=2&ini=20&fin=48&ini_sub=1&fin_sub=1 Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, Título III. La Generalitat - Capítulo I]</ref>
[[Archivo:CVCLOGO.jpg|thumb|150px|Logo de la [[Consejo Valenciano de Cultura|CVC]].]]
[[Archivo:Acadèmia Valenciana de la Llengua.svg|thumb|150px|Logo de la [[Academia Valenciana de la Lengua|AVL]].]]
* El [[Síndico de Agravios de la Comunidad Valenciana|Síndico de Agravios]] ''(Síndic de Greuges,'' oficialmente y en valenciano), su función principal es velar por el cumplimiento y respeto de los derechos y libertades de los ciudadanos frente a la Administración de la Comunidad Valenciana.
* La [[Sindicatura de Cuentas de la Comunidad Valenciana|Sindicatura de Cuentas]], ''(Sindicatura de Comptes,'' oficialmente y en valenciano), es el órgano al que corresponde el control externo económico y presupuestario de la actividad financiera de la GeneralitatGeneralidad, de los entes locales comprendidos en su territorio y del resto del sector público valenciano, así como de las cuentas que lo justifiquen.
* El [[Consejo Valenciano de Cultura]] ''(Consell Valencià de Cultura,'' en valenciano), es una institución que cumple la función de ser órgano consultivo y asesor del conjunto de las instituciones de la GeneralitatGeneralidad Valenciana en aquellas cuestiones que tengan que ver con la [[cultura valenciana]].
* El [[Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana|Consejo Jurídico Consultivo]] ''(Consell Jurídic Consultiu,'' oficialmente y en valenciano) es el supremo órgano consultivo de las Administraciones Públicas de la Comunidad Valenciana. Se encuentra regulado por la Ley 10/1994, de 19 de diciembre, de la GeneralitatGeneralidad,<ref>[http{{Cita web|url=https://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/va-l10-1994.html |título=Ley 10/1994, de 19 de diciembre, de creaciónLa Generalitat, de Creación del Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana]|fechaacceso=2023-11-08|sitioweb=Noticias Jurídicas}}</ref> de creación del Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana, que ha sido modificada varias veces, y por su [[Reglamento]], aprobado por el Decreto 138/1996, de 16 de julio<ref>[http://www.dogv.gva.es/index.php?id=26&L=1&CHK_TEXTO_LIBRE=1&tipo_search=legislacion&num_tipo=6&TD=Decreto&SOLO_NUMERO_DISPOSICION=138&ANYO_DISPOSICION=1996&id=26&L=1&CHK_TEXTO_LIBRE=1&tipo_search=legislacion&num_tipo=6&TD=Decreto&SOLO_NUMERO_DISPOSICION=138&ANYO_DISPOSICION=1996&L=1&CHK_TEXTO_LIBRE=1&tipo_search=legislacion&num_tipo=6&TD=Decreto&SOLO_NUMERO_DISPOSICION=138&ANYO_DISPOSICION=1996 Decreto 138/1996, de 16 de julio, del Gobierno valenciano, por el que se aprueba el Reglamento del Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana (DOGV núm. 2814 de 26.08.1996)]</ref> del [[Gobierno Valenciano]].
* El [[Comité Económico y Social de la Comunidad Valenciana|Comité Económico y Social]], ''(Comité Econòmic i Social,'' oficialmente y en valenciano), es un ente consultivo del Gobierno Valenciano y, en general, de las instituciones públicas de la Comunidad Valenciana, en materias económicas, sociolaborales y de empleo.
* La [[Academia Valenciana de la Lengua]] ''(Acadèmia Valenciana de la Llengua,'' oficialmente y en valenciano) es la institución que tiene por función determinar y elaborar, en su caso, la normativa [[lingüística]] del [[Idioma valenciano|valenciano]], así como velar por el valenciano partiendo de la tradición lexicográfica, literaria, y la realidad lingüística genuina valenciana, así como la normalización consolidada, a partir de las denominadas [[Normas de Castellón]].
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== Ubicación ==
 
* La GeneralitatGeneralidad tiene su sede en la ciudad de [[Valencia]], en el [[Palacio de la GeneralitatGeneralidad Valenciana]], pero sus instituciones pueden establecerse en cualquier lugar de la Comunidad.
* Las [[Cortes Valencianas|Cortes]] tienen su sede en la ciudad de Valencia, en el [[Palacio de Benicarló]].
* La presidencia de la GeneralitatGeneralidad se ubica en el [[Palacio de Fuentehermosa]], el cual está ubicado en la calle Caballeros de Valencia, frente al Palacio de la GeneralitatGeneralidad Valenciana.
* Las oficinas de la mayor parte de las consejerías están ubicadas en el [[Complejo Administrativo del 9 de Octubre]].
 
<gallery mode="packed">
Archivo:Façana de Les Corts del País Valencià 2.jpg|[[Palacio de Benicarló]], sede de las [[Cortes Valencianas|Cortes]].
Archivo:Palaciodefuentehermosa100.JPG|[[Palacio de Fuentehermosa]], sede de [[Presidente de la GeneralitatGeneralidad Valenciana|Presidencia]].
Archivo:Monestir de Sant Miquel dels Reis, 2006.JPG|[[Monasterio de San Miguel de los Reyes|San Miguel de los Reyes]], sede de la [[Academia Valenciana de la Lengua|AVL]].
Archivo:Palau de Forcalló, seu del Consell Valencià de Cultura.jpg|Palacio de Forcalló, sede del [[Consejo Valenciano de Cultura|CVC]].
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{{commonscat|Generalitat Valenciana}}
* [http://www.gva.es Portal de la GeneralitatGeneralidad Valenciana]
* {{Enlace roto|1=[http://www.gva.es/cjccv/castellano/Dic207-06.pdf Dictamen] |2=http://www.gva.es/cjccv/castellano/Dic207-06.pdf |bot=InternetArchiveBot }} y {{Enlace roto|1=[http://www.gva.es/cjccv/castellano/EyD207-06.html resumen del dictamen] |2=http://www.gva.es/cjccv/castellano/EyD207-06.html |bot=InternetArchiveBot }} del Consejo Jurídico Consultivo de la Comunidad Valenciana sobre el alcance de la modificación del término GeneralitatGeneralidad Valenciana por el de Generalitat ''(Incluye referencias documentadas sobre el origen de la institución).''
 
{{Control de autoridades}}
[[Categoría:GeneralitatGeneralidad Valenciana]]