Diferencia entre revisiones de «Generalidad Valenciana»
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|logo = Imagotip de la Generalitat Valenciana.svg
|ancho_logo = 150px
|título_logo = <small>[[Escudo de la Comunidad Valenciana|
|sello = Estendard Generalitat Valenciana.svg
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|título_imagen = <small>[[Palacio de la Generalidad Valenciana]]</small>
|tipo = Institución de [[autogobierno]]<br /><small>de la Comunidad Valenciana</small>
|creado =
|jurisdicción = {{Bandera2|Comunidad Valenciana}}
|país = {{España}}
|sede = [[Palacio de la Generalitat Valenciana|Palacio de la Generalidad]]<br /><small> Plaza de Manises n.º{{esd}}1, [[Valencia]] {{coord|39|28|35.26|N|0|22|34.38|O|type:landmark}}</small>
|predecesora = [[Consejo del País Valenciano]] (1978-1982)
|empleados =
|presupuesto = 31.521.907.930 € (2024)<ref>{{Cita web|url=https://serviciostelematicosext.hacienda.gob.es/SGCIEF/PublicacionPresupuestos/html/sesion_expirada.htm|título=Avance presupuestario por comunidades autónomas|fechaacceso=2024-08-29|sitioweb=Ministerio de Hacienda (España)}}</ref>
|ministro =
|ministro_par =
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|titular_tipo = [[Presidente de la Generalitat Valenciana|Presidente de la Generalidad]]
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|titular2_tipo = [[Presidente de las Cortes Valencianas|Presidenta <small>de las</small> Cortes]]
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|bajo_su_dependencia =
|sitio_web = [
|web=www.generalitat.es}}
La '''Generalidad Valenciana''',
Forman parte de ella las [[Cortes Valencianas|Cortes]]
El antecedente histórico, del que toma el nombre, fue la
La institución, muy diferente a la histórica
== Historia ==
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Según lo acordado en las ''Corts'' de 1418, que regularon definitivamente la institución, sus miembros se renovaban cada tres años sin esperar a la reunión de las nuevas ''Corts'' ya que los diputados que acababan su mandato eran quienes nombraban a sus sustitutos.<ref name=narbo280>{{cita libro |apellido=Narbona |nombre=Rafael| apellido2=Muñoz| nombre2=Rosa| apellido3=Cruselles| nombre3=Enrique|título=Las instituciones|año=1988 | |páginas=280 |cita=}}</ref> Sin embargo, el rey para controlar la institución impuso en 1424 que los dos diputados del ''braç'' real fueran dos ''jurats'' de la ciudad de Valencia, ya que él controlaba su nombramiento desde la introducción del sistema de la ''[[Racional (cargo foral de Valencia)|ceda]]'' por lo que eran hombres de confianza del rey. Al final del {{siglo|XV||s}} el rey [[Fernando II el Católico]] ni siquiera se preocupó por las formas para seguir controlando la institución y anuló el sistema electoral y nombró a oficiales reales para ocupar los cargos.<ref name="antoni179" /> Más tarde estableció el método [[insaculación|insaculatorio]] para la provisión de los dos diputados del brazo nobiliario y un rígido turno entre las ciudades —sin incluir Valencia— para ocupar los puestos de diputados del ''braç'' real.<ref name=salvador401>{{cita libro |apellido=Salvador Esteban |nombre=Emilia|título=Valencia en el siglo XVI|año=1988 |páginas=401 |cita=}}</ref>
[[Archivo:Generalitat 1870.jpg|250px|thumb|left|Vista del [[Palacio de la Generalidad Valenciana]], desde la plaza de la Virgen de Valencia, en
Debido al control que ejerció la monarquía sobre la institución la ''Diputació del General'' valenciana tuvo menos peso político que la [[Generalidad de Cataluña]] y menor capacidad para oponerse a los deseos del rey.<ref>{{cita libro|apellido=Furió|nombre=Antoni|título=Història del País Valencià|año=1995|página=180}}</ref> Así lo reconocían los propios diputados valencianos en 1624 cuando afirmaban que «''nosaltres en este regne no tenim la plenitud de poder que los deputats de Catalunya i Aragó''» ('nosotros en este reino no tenemos la plenitud de poder que los diputados de Cataluña y Aragón').<ref>{{cita libro|apellido=Furió|nombre=Antoni|título=Història del País Valencià|año=1995|página=340}}</ref>
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Llegados a esta situación, la Diputación del General, antiguo nombre de la Generalidad, ya solo recaudaba impuestos que cedía a estas instituciones nacidas de los ''Estaments''; por tanto, no podía representar al [[Reino de Valencia]] que quedaba descabezado.
La Diputación del General, como el resto de las [[instituciones del Reino de Valencia]] fue abolida en
{{VT|Instituciones del Reino de Valencia}}
=== La Generalidad democrática ===
Tras la aprobación del [[Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana de 1982|Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana]] en 1982 las nuevas instituciones de gobierno autonómico recibieron el nombre de Generalidad Valenciana, pese a que se trataba de un organismo absolutamente distinto de su homónimo medieval y moderno. En el año
== Instituciones de la Generalidad Valenciana ==
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[[Archivo:Corts Valencianes.svg|thumb|150px|[[Escudo de las Cortes Valencianas|Escudo de las Cortes]].]]
Las [[Cortes Valencianas]] (''Les Corts'', oficialmente y en [[Idioma valenciano|valenciano]])<ref>Como establece la reforma estatutaria del 2006</ref> son el órgano legislativo de la Generalidad Valenciana. Representa al pueblo valenciano y ejerce la potestad legislativa, aprueba los presupuestos de la Generalidad y controla e impulsa la acción política y de Gobierno. Actualmente se compone de 99 diputados, elegidos por un plazo de cuatro años mediante sufragio universal, libre, igual, directo y secreto
=== Instituciones fiscalizadora, consultivas y normativas ===
Según el Estatuto de Autonomía Valenciano queda recogido que la Generalidad Valenciana cuenta con las siguientes instituciones consultivas:<ref>[http://www.congreso.es/consti/estatutos/estatutos.jsp?com=79&tipo=2&ini=20&fin=48&ini_sub=1&fin_sub=1 Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, Título III. La Generalitat - Capítulo I]</ref>
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* La [[Sindicatura de Cuentas de la Comunidad Valenciana|Sindicatura de Cuentas]], ''(Sindicatura de Comptes,'' oficialmente y en valenciano), es el órgano al que corresponde el control externo económico y presupuestario de la actividad financiera de la Generalidad, de los entes locales comprendidos en su territorio y del resto del sector público valenciano, así como de las cuentas que lo justifiquen.
* El [[Consejo Valenciano de Cultura]] ''(Consell Valencià de Cultura,'' en valenciano), es una institución que cumple la función de ser órgano consultivo y asesor del conjunto de las instituciones de la Generalidad Valenciana en aquellas cuestiones que tengan que ver con la [[cultura valenciana]].
* El [[Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana|Consejo Jurídico Consultivo]] ''(Consell Jurídic Consultiu,'' oficialmente y en valenciano) es el supremo órgano consultivo de las Administraciones Públicas de la Comunidad Valenciana. Se encuentra regulado por la Ley 10/1994, de 19 de diciembre, de la Generalidad,<ref>
* El [[Comité Económico y Social de la Comunidad Valenciana|Comité Económico y Social]], ''(Comité Econòmic i Social,'' oficialmente y en valenciano), es un ente consultivo del Gobierno Valenciano y, en general, de las instituciones públicas de la Comunidad Valenciana, en materias económicas, sociolaborales y de empleo.
* La [[Academia Valenciana de la Lengua]] ''(Acadèmia Valenciana de la Llengua,'' oficialmente y en valenciano) es la institución que tiene por función determinar y elaborar, en su caso, la normativa [[lingüística]] del [[Idioma valenciano|valenciano]], así como velar por el valenciano partiendo de la tradición lexicográfica, literaria, y la realidad lingüística genuina valenciana, así como la normalización consolidada, a partir de las denominadas [[Normas de Castellón]].
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