Guanajuato 200 Años de Grandeza, un Estado Libre y Soberano.
Guanajuato es una de las 32 entidades federativas que conforman la nación mexicana, está ubicada al centro del país, cuenta con 46 Municipios. Su transitar por la historia de México ha sido de gran importancia. Fue aquí donde inició la lucha por la independencia en 1810 y concluyó en septiembre de 1821, año en el que la nación se declaró independiente de España y adoptó como forma de gobierno la de un imperio, sin embargo, a menos de un año de la coronación de Agustín de Iturbide, decidieron convertirla en una República Federal conformada por Estados.
El país enfrentó el riesgo de dividirse, fue entonces cuando la propuesta para constituir una república que uniera a las provincias tuvo mayor fuerza. Las Diputaciones Provinciales lograron sostener la estabilidad política y procuraron una buena relación con los pueblos y sus ayuntamientos convirtiéndose en el germen del federalismo mexicano.
En 1823 se fundó la federación mexicana, Guanajuato se adhirió a ella el 20 de diciembre de 1823. El documento oficial conocido como el Acta Constitutiva de la Federación Mexicana, que dio formalidad jurídica a este acto fundacional de México como una República Federal, fue proclamado por el Soberano Congreso Constituyente de la Nación el 31 de enero de 1824.
El Acta Constitutiva de la Federación Mexicana fijó las bases de la nueva forma de gobierno, su principal objetivo fue declarar a la nación, libre e independiente de España, así como de cualquier otra potencia.
Determinó que su patrimonio fuera exclusivo del país, no así de persona o familia alguna. La soberanía residiría única y exclusivamente en ella, para establecer su propia forma de gobierno y demás leyes fundamentales, por medio de sus representantes.
Adoptó para su forma de gobierno la república representativa popular federal. Los estados integrantes serían independientes, libres y soberanos en su administración y gobierno interior. Entre los estados que conformaron la federación, de forma inicial, se encontraba Guanajuato como se advierte del artículo 7° del Acta Constitutiva.
Esta forma de gobierno fue trascendental para establecer la división de Poderes, que actualmente impera, cuya prohibición radicaba en que jamás podrían reunirse dos o más de estos poderes en una persona, ni depositarse el Poder Legislativo en un solo individuo. Así como el derecho a la administración de justicia pronta, completa e imparcial, a través de una <<corte suprema de justicia>> y en los tribunales que se establecieran en cada estado.
En los estados también se estableció, bajo la misma tesitura que el de la federación, la división de poderes para su ejercicio, dotándoles de soberanía y libertad en cuanto a su forma de gobierno interno. A partir de esta nueva forma de organización, Guanajuato comenzó a construir su propia historia, pues el 25 de marzo de 1824 se instaló el primer Congreso Constituyente; el 08 de mayo de 1824 se designó al primer Gobernador Constitucional, Carlos Montes de Oca, a través del decreto número 5; el 28 de junio de 1824 se creó el Tribunal Supremo de Justicia del Estado, mediante el decreto número 10. Estos hechos históricos han dado vida y sustento a la democratización, a la soberanía radicada en el pueblo, a la división de poderes y a su correlativo contra peso.
Es por ello que hoy se emite una estampilla postal para celebrar los doscientos años de aquel 20 de diciembre de 1823, en el que Guanajuato se convirtió en un estado libre y soberano y se adhirió a la Federación, siendo hoy la Grandeza de México.
Texto: Gobierno del Estado de Guanajuato
Características Técnicas
Diseño: Gobierno del Estado de Guanajuato
Refinamiento: Rodolfo Espíndola Betancourt
Técnica: Ilustración y composición digital
Tintas utilizadas: Cyan, magenta, amarillo, negro y tinta de seguridad
Tipo de impresión: Offset
Tamaño: 40 X 24 mm
Perforación: 13 de peine
Planilla con: 50 estampillas
Papel: Couché blanco mate una cara engomado de 110 g/m2
Impresa por: Talleres de Impresión de Estampillas y Valores (TIEV)
Tiro: 200,000 estampillas
Año: 2023
Valor facial: $7.00 c/u