Cónyuges e hijos que no son ciudadanos de la UE

Si estás casado/a o en una unión registrada con un ciudadano/a de la UE que está viviendo, trabajando, estudiando o buscando trabajo en un país distinto al suyo de origen, las normas de la UE facilitan que puedas reunirte allí con él/ella. La información de esta página se aplica también a los hijos y nietos que tengan previsto reunirse con su familia de la UE en el extranjero.

Si quieres reunirte con tu cónyuge o pareja registrada de la UE en su país de origen y antes no habéis vivido juntos en otro país de la UE, solo se aplicarán a tu situación las normas nacionales.

Si has contraído matrimonio con una persona de tu mismo sexo y os trasladáis a otro país de la UE, el país de acogida debe reconocer vuestros derechos de residencia. Esta norma se aplica incluso aunque los matrimonios entre personas del mismo sexo no se reconozcan en el país de acogida.

Comprueba los derechos que tienes y los trámites que puedes tener que seguir en función de tu situación:

¿Cuál es tu situación?

En algunos países de la UE las parejas registradas reciben el mismo trato que las casadas. En ese caso, es conveniente que te informes sobre los derechos y condiciones de residencia del cónyuge que no es de la UE.

Otros países de la UE no reconocen las uniones civiles ni las parejas registradas como equivalentes al matrimonio. En ese caso, es conveniente que te informes sobre los derechos y condiciones de residencia de otros familiares que no son de la UE.

Infórmate sobre el reconocimiento de las uniones civiles en Europa.

En este caso, suelen aplicarse las normas nacionales en materia de inmigración. Para más información, ponte en contacto con las autoridades de inmigración en el país de la UE de que se trate.

Si eres ciudadano/a de un país no perteneciente a la UE y estás casado/a con un ciudadano/a de la UE, puedes reunirte con tu cónyuge en el país de la UE en el que viva.

Estancias en el extranjero de hasta tres meses

Si la duración de tu estancia es inferior a tres meses, necesitas un pasaporte válido y un visado de entrada en función de tu país de origen.

Comprueba las obligaciones y exenciones de visado de entrada en la UE.

Antes de tu partida, pregunta en el consulado del país al que te diriges si necesitas un visado de entrada y, en caso afirmativo, cuánto se tarda en obtenerlo.

Estancias en el extranjero de más de tres meses

Si permaneces más de tres meses en el país de acogida de tu cónyuge, debes solicitar una tarjeta de residencia y notificar tu presencia a las autoridades competentes.

Tarjeta de residencia

En el plazo de tres meses desde tu llegada, debes solicitar un documento de residencia a las autoridades de tu país de acogida (por lo general, el ayuntamiento o la comisaría de policía de tu distrito).

Notificar tu presencia

Algunos países de la UE te exigirán que notifiques tu presencia a la autoridad competente en un plazo de tiempo razonable después de tu llegada. Si no notificas tu presencia a tiempo, es posible que tengas que pagar una multa.

Antes de trasladarte al país de acogida de la UE, infórmate de los plazos y requisitos para notificar tu presencia en el territorio a las autoridades nacionales.

Debes llevar contigo el pasaporte en todo momento.

En algunos países de la UE pueden ponerte una multa o detenerte temporalmente si te dejas el pasaporte en casa, pero eso por sí solo no puede ser motivo de expulsión del país.

Si tu cónyuge de la UE trabaja

Si tu cónyuge de la UE trabaja legalmente en otro país de la UE, puedes permanecer allí sin necesidad de cumplir ninguna otra condición.

Si tu cónyuge de la UE es pensionista

Si tu cónyuge de la UE es pensionista y vive en otro país de la UE, puedes quedarte allí siempre que tenga ingresos suficientes para vivir sin necesitar ayudas a la renta y un seguro de enfermedad completo para toda la familia en ese país.

Si tu cónyuge de la UE es estudiante

Si tu cónyuge de la UE es estudiante y vive en otro país de la UE, puedes acompañarlo/a siempre que:

  • se haya matriculado en un centro de enseñanza reconocido
  • disponga de ingresos suficientes que os permitan vivir sin necesitar ayudas a la renta
  • tu familia esté cubierta por un seguro médico completo en ese país.

¿Qué ocurre con tus derechos de residencia si tu cónyuge fallece?

Si vives legalmente en otro país de la UE y tu cónyuge fallece antes de obtener la residencia permanente allí, tal vez puedas permanecer en el país si has vivido en él durante un año como mínimo antes de su fallecimiento.

Para poder quedarte en el país, también debes cumplir los requisitos de residencia aplicables a los ciudadanos de la UE.

Requisitos y trámites que deben cumplir:

¿Qué ocurre con tus derechos de residencia si te divorcias?

Si te divorcias antes de obtener la residencia permanente (por lo general, se necesita haber vivido cinco años en el país de acogida), puedes permanecer en el país a condición de que:

  • hayas vivido en él un año como mínimo
  • hayas estado casado/a por lo menos tres años antes de empezar los trámites de divorcio.

También puedes seguir viviendo allí si tienes:

  • la custodia de tus hijos
  • derecho a visitar a tus hijos menores de edad, siempre que el tribunal haya dispuesto que dichas visitas tengan lugar en el país de la UE de acogida.

En caso de que tengas derecho a visitar a tu hijo menor de edad, puedes permanecer en el país de acogida de la UE durante el tiempo que sea necesario.

Para poder quedarte en el país, debes cumplir los requisitos de residencia aplicables a los ciudadanos de la UE. Requisitos y trámites que deben cumplir:

Igualdad de trato

Durante tu estancia, debes recibir el mismo trato que los ciudadanos del país de acogida, sobre todo en aspectos tales como acceso al empleo, salario, prestaciones para facilitar el acceso al empleo y matriculación en centros de enseñanza.

Y aunque tu estancia sea meramente turística, no deberían cobrarte más, por ejemplo, en museos, medios de transporte, etc.

Si tu cónyuge es pensionista, durante los tres primeros meses de estancia, algunos países de la UE pueden negaros a ti y a tu familia la concesión de una ayuda a la renta.

Expulsión

En casos excepcionales, el país en el que estás puede expulsarte alegando razones de orden público, de seguridad pública o de salud pública, pero solo después de demostrar que representas una amenaza grave.

La decisión de expulsión se te debe notificar por escrito y explicar todos los motivos que la justifican, cómo recurrirla y en qué plazo.

Residencia permanente

Adquirirás el derecho a la residencia permanente cuando hayas vivido legalmente en el país de acogida durante cinco años seguidos.

Eso significa que puedes permanecer allí todo el tiempo que quieras, aun en caso de no trabajar o de necesitar una ayuda a la renta. Además, debes disfrutar de los mismos derechos, prestaciones y ventajas que los ciudadanos del país de acogida.

La continuidad de la residencia no se ve afectada por:

  • las ausencias temporales (menos de seis meses al año)
  • las ausencias más largas (servicio militar obligatorio)
  • una ausencia de hasta doce meses consecutivos por motivos importantes (embarazo, parto, enfermedad grave, trabajo, formación profesional o ausencia como trabajador desplazado).

Puedes perder el derecho a la residencia permanente si vives fuera del país durante más de dos años consecutivos.

Preguntas frecuentes

Legislación de la UE

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Última comprobación: 30/10/2024
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